ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD(Capacidad)

 Capacidad 

Se entiende por “aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones”. Esta a su vez, se divide en dos:

  • Capacidad de Goce: Se adquiere en el nacimiento y se pierde con la muerte. Si se niega o suprime esta característica, desaparece la personalidad jurídica.
  • Capacidad de Ejercicio: Es la capacidad para celebrar actos jurídicos, cumplir obligaciones y hacer valer derechos, se reconoce por este Código a los mayores de edad en pleno uso de sus facultades mentales y a los menores emancipados, en los casos declarados expresamente.



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